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La tentación de los diputados 4T y la comunicación política.

Foto del escritor: Divergente IberoaméricaDivergente Iberoamérica

Recientemente se aprobaron una serie de disposiciones relativas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General de Partidos Políticos. Dichas reformas, impactarán, de ser aprobadas en el Senado de la República, lo concerniente a la Elección Consecutiva de legisladores federales, locales e integrantes de Ayuntamientos.

Recordemos que fue en febrero del 2014, que los parlamentaristas lograron concretar la reelección consecutiva en materia legislativa ¿podemos suponer que diseñaron estas modificaciones para beneficio propio o de su partido? Evidentemente sí. Aunque la jugada hoy tenga otros matices que me he propuesto enlistar.

Comencemos contextualizando de dónde viene esta reforma electoral:

Existe una inmensa bibliografía que explica desde distintas líneas de estudio, la herencia histórica que como sociedad tenemos con la consigna revolucionaria “Sufragio efectivo, no reelección”, misma que nos remonta a la lucha por evitar la reelección presidencial y terminar con el monopolio político que por esos años ejercía Porfirio Díaz.

No pretendo extenderme en retomar estos estudios históricos tan añejos, aunque fundamentales, pero asumo que parte del escándalo mediático y en la opinión pública que se generó por la aprobación de la reglamentación el pasado 18 de mayo -fecha por demás igualmente simbólica-, retoma ese “rechazo colectivo” por las reelecciones.

Siguiendo con el contexto, cabe resaltar que al día siguiente de iniciado el sexenio de Enrique Peña Nieto, se firmó un acuerdo político nacional llamado Pacto por México, integrado por Gustavo Madero Muñoz, presidente del PAN, Jesús Zambrano Grijalva, presidente del PRD y Cristina Díaz Salazar, presidenta del PRI. Lo cual significó un acuerdo de gobernabilidad democrática y facilitó la aprobación en ambas Cámaras legislativas de las reformas estructurales del sexenio peñista, entre las cuales destacaron la reforma hacendaria, la de telecomunicaciones, la energética y la político-electoral.

Es en ésta última donde encontraremos el proyecto de decreto enviado por el entonces presidente Peña Nieto, que solicitó la aprobación de una serie de reformas entre las cuales destacan la Iniciativa Preferente o Ciudadana, y la reelección inmediata o elección consecutiva que busca crear “un esquema de largo aliento que redunde en beneficios papables para todos”. Una vez aprobadas dichas reformas en el 2014, se procedió a su validación en los Congresos del país y a su adecuación correspondiente a las leyes locales.

La reelección inmediata o elección consecutiva ya se aplica en algunos estados de la república; para este 2020 se aplicará en las elecciones de tres entidades y para el 2021 impactará en las elecciones federales para renovar la Cámara de Diputados:

AÑO ELECTORAL Y ENTIDADES


2020

Coahuila

Nayarit

Puebla


2021

· Ciudad de México, Alcaldías e integrantes de Cabildo.

· 300 distritos federales

· 200 de representación proporcional


2023

Tlaxcala

Vale la pena resaltar que antes, el entonces presidente Felipe Calderón, envió a la Cámara de Diputados una iniciativa que promovía la reelección, esto en el año 2009. Los objetivos planteados son muy similares a la argumentación de Peña Nieto:

“…objetivos centrales: fortalecer el vínculo entre la ciudadanía y el sistema político e instituir mecanismos que permitan consolidar nuestras instituciones. Varias de las propuestas que aquí se presentan buscan fortalecer el poder directamente en manos de la ciudadanía al ofrecerle nuevas formas de participación, así como mecanismos de sanción al desempeño de los funcionarios y representantes públicos”

En ese entonces no se alcanzó la mayoría necesaria para su aprobación.

La forma es fondo:

El miércoles 18 de marzo cuatro de ocho Coordinadores Parlamentarios solicitaron por escrito una modificación al orden del día de la sesión, solicitando incluir la consulta al pleno, su discusión y votación en lo inmediato el proyecto de Decreto que reforman artículos relativos a la “Elección de legisladoras y legisladores federales en el mismo cargo por periodos consecutivos”.

Esta solicitud, fue hecha por los Coordinadores del partido MORENA, del Trabajo, Encuentro Social y Verde Ecologista; los grupos parlamentarios del Partido Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática se encontraban en una manifestación de su rechazo a sesionar en medio de la contingencia por el COVID-19.

La votación fue la siguiente:


En medios de comunicación y columnas políticas, la aprobación de dicha reglamentación fue considerada una “chicanada” por parte de MORENA y sus aliados y un “albazo legislativo” ya que no se respetó el proceso legislativo, ni la ley orgánica o el reglamento interno de la Cámara; se presume que los diputados conocieron el documento media hora antes de la votación.

¿Será que los diputados de la mayoría de MORENA y anexas se vieron tentados por beneficiarse de las modificaciones que en su momento diseñaron los firmantes del Pacto por México? Nadie sabe para quién trabaja, pero vale la pena preguntarnos, ¿para quién trabajan los diputados de MORENA?

Por lo pronto el decreto ya fue enviado a la Cámara de Senadores, desde ahí, el Coordinador del grupo parlamentario de MORENA manifestó su rechazo a la iniciativa; lo anterior coincide con la posición de su hermano David Monreal, entonces diputado de la LXII legislatura y que diera la discusión en el 2014, argumentando en contra de la reelección legislativa. Veremos si la posición de los monrealistas se mantiene o cambia en esta oportunidad.

Finalmente, veamos cuáles son los puntos sustanciales que fueron presentados en la iniciativa presentada el 18 de marzo por el grupo parlamentario de MORENA en la Cámara de diputados:


1. Límite a la elección consecutiva como requisito de elegibilidad.

2. Sujetos específicos de la elección consecutiva. 3. Posibilidad de elección consecutiva tanto del titular como del suplente. 4. Sustitución de la suplencia para periodos subsecuentes. 5. Modalidad del principio electoral por el que se puede realizar la elección consecutiva. 6. Restricción constitucional para la postulación partidista 7. Sin restricción constitucional para la postulación independientes. 8. Modalidades de la circunscripción electoral por la que se realiza la elección consecutiva. 9. No obligatoriedad de a licencia para los legisladores 10. Obligación de cumplimiento de las funciones como servidor público. 11. Restricción del uso de recursos públicos, incluidos, materiales, humanos y económicos. 12. Claridad en cuanto a los actos anticipados de campaña y precampaña. 13. Regla especial del informe de gestión: fuera de precampaña y campaña. 14. Reglas básicas para la elección interna de candidatos. 15. Respeto al principio de parida entre los géneros. Colofón:

Lo sucedido en la sesión de los legisladores el 18 de marzo, más allá del trasfondo político de lo que implica avalar la reelección en los ámbitos legislativos federales y locales, así como para alcaldes e integrantes de los ayuntamientos, permite constatar la relación intrínseca entre los actores políticos, los medios de comunicación y la opinión pública.

Como bien señala Wolton (1998), es en la democracia, donde podemos desarrollar la comunicación política en condiciones ideales, ya que, en este contexto, podemos ver los discursos políticos enfrentarse y contrastarse.

Si la aprobación de la reglamentación de la reelección tenía carácter de urgente, debió darse con anticipación, cumpliendo las formas y acatando el proceso parlamentario, que pavimentara el camino de la aprobación de la iniciativa en un marco de legitimidad.

El actuar de la mayoría legislativa en este caso concreto, refleja la falta de operación política, la ausencia de cabildeo con sus homólogos en minoría, así como la inexistente estrategia comunicativa que coadyuve a legitimar sus acciones y decisiones, estrategia que permitiría ganar credibilidad a su mayoría legislativa que ha quedado evidenciada como inoperante.


POR: ANDREA UVALLE– CONSULTORA POLÍTICA (México)

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